PerúJurídico.com.- Cada 2 de abril se celebra en nuestro país el Día del Abogado, una fecha propicia para reflexionar sobre los problemas que afronta esta profesión y proponer soluciones que contribuyan a alcanzar sus preclaros fines: la justicia, la seguridad y el bien común.

El análisis podría abarcar las diversas situaciones adversas que ocurren al interior de la Administración pública o aquellas que, en forma reiterada, se presentan durante el ejercicio de la abogacía en el Poder Judicial, Ministerio Público o Tribunal Constitucional. Sin embargo, por razones de espacio, me referiré solo a un hecho relacionado con la defensa jurídica que se hace, en forma particular, a personajes involucrados a graves ilícitos penales.

Si bien toda persona tiene derecho a la defensa y a ser investigada o procesada con pleno respeto a la presunción de inocencia (hasta que no se pruebe y se declare judicialmente su culpabilidad con una sentencia firme), el ejercicio libre de la profesión de abogado no debe servir para obstruir la administración de justicia, perturbar el esclarecimiento de la verdad y, peor aún, para obtener beneficios económicos de manera muy cuestionable.

Se han preguntado alguna vez: ¿con qué dinero le paga un narcotraficante a su abogado defensor? Es lógico y hasta obvio suponer que el pago se hace con las ganancias obtenidas de ese ilícito negocio. Y si fuera así, ¿no se configuraría allí el delito de lavado de activos? Sin duda, se estaría introduciendo en la circulación financiera dinero obtenido de forma ilegal. Y cuando el abogado haga uso del estipendio recibido para pagar sus gastos y cuentas, lo haría parecer como si fuera dinero de origen legal cuando en realidad esas ganancias provienen de la comisión de delitos graves como el tráfico ilícito de drogas, la trata de personas, la corrupción, entre otros.

Todos los días sucede esto en nuestro país y nadie se cuestiona sobre ello y si esa mala práctica termina desprestigiando a la abogacía como profesión. Entre tanto, la Fiscalía no investiga a los ostentosos y poderosos estudios jurídicos que defienden, sin ningún pudor, a estos delincuentes, pues terminaría envuelta en un círculo vicioso.

Ante ello, proponemos que la defensa jurídica en estos casos no se haga a través del ejercicio de la abogacía en forma particular, sino solo mediante un defensor público designado y pagado por el Estado. Con ello acabaríamos con ese festín de billetes mal habidos y limpiaríamos en algo el ejercicio de la abogacía, a partir de la desinfección de los casos emblemáticos, evitando así que crezca el desprestigio profesional.

Cada abogado actúa conforme a sus convicciones, valores y principios. Y si bien hay quienes no tienen ningún problema de defender criminales confesos o a quienes en un alto nivel de certeza serán condenados, otros preferimos defender a la víctima y ponernos de lado de la búsqueda de la verdad jurídica. Antes de vivir con ganancias de origen ilícito o con dinero manchado de sangre, la mejor recompensa será siempre ser abogado de causas justas.

Autor: Miguel D. Jiménez-Torres

Por Juris