MTPE da pautas para la nulidad de actas de infracción

RIGOR. UNIFICAN CRITERIOS TÉCNICOS A NIVEL NACIONAL

Si responsabilidad imputada carece de fundamentos de hecho y de derecho

Los criterios técnicos a seguirse en la declaración de nulidad de las actas de infracción, emanadas de un procedimiento inspectivo en que se detecte la vulneración de normas laborales por parte del empleador, aprobó el Ministerio de Trabajo.

Dicho lineamiento, emitido por la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo, busca unificar los criterios técnicos a nivel nacional para declarar la nulidad de las actas de infracción dadas por la vulneración de las normas laborales así como por la obstrucción a la labor inspectiva, explicó el laboralista César Puntriano Rosas.

En consecuencia, se dispone que el subdirector, director de inspección laboral o autoridades administrativas que hagan sus veces, declararán de oficio, es decir, sin esperar el requerimiento del empleador, las actas de infracción entre otros casos, si los inspectores no expresan en él los fundamentos de hecho y de derecho por los que atribuyen responsabilidad al empleador inspeccionado.

Es decir, se ratifica la exigencia legal de una adecuada motivación de los pronunciamientos de la autoridad administrativa de trabajo, remarcó el experto.
“La medida es acertada pues en muchos casos las actas de infracción carecían de una adecuada fundamentación que permitiera al empleador entender las razones del inspector para considerar la existencia de un incumplimiento laboral, limitando el ejercicio de su derecho de defensa al realizar los descargos”, comentó.

otras reglas

Se dispone que no podrá declararse la nulidad de las actuaciones inspectivas o del procedimiento sancionador cuando se produzca el vencimiento de algún plazo, debiendo sí existir alguna sanción al servidor responsable de la demora o negligencia.

Todas las resoluciones que declaren la nulidad de las actas de infracción serán remitidas a la Dirección Nacional de Inspección dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes para efectos del registro, estudio de las resoluciones y seguimiento de las actuaciones de los inspectores.

El Peruano

Peru Juridico

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