Peru Juridico

Celeridad administrativa

Escrito por Brian Nuñez el Lunes, 14 de Abril del 2008 a las 11:42

¿Quien no ha sufrido alguna vez la demora de un tramite ante una entidad estatal o municipal? Atendiendo a una de las mas grandes demandas publicas, el Estado parece mirar ahora a mejorar la estructura del Estado con acertadas iniciativas, una de estas, la celeridad administrativa. 

El Peruano.-Celeridad administrativa
En agenda creación de comisión de eliminación de barreras burocráticas.
Malos funcionarios podrían ser sancionados ejemplarmente.

El Indecopi gozará de mayores atribuciones para eliminar barreras burocráticas ilegales, que atentan contra la simplificación administrativa y la competitividad empresarial, en virtud a un proyecto de ley que evalúa el Poder Ejecutivo, como parte del paquete legislativo destinado a fomentar la competitividad económica del país y aprovechar los beneficios del TLC con Estados Unidos.

Dicha iniciativa plantea crear la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, destinada no solo a eliminar los sobrecostos irracionales que las entidades imponen a los ciudadanos, sino también para que los funcionarios públicos infractores sean sancionados ejemplarmente, adelantó la CCL.

La comisión dictará medidas para garantizar la libertad de comercio interior y exterior, el irrestricto cumplimiento de la ley marco para garantizar las inversiones, la Ley de Tributación Municipal y los principios de simplificación administrativa.

La nueva Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas gozará de mayores prerrogativas y atribuciones de las conferidas por la ley actual a la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi, según la CCL.
El proyecto de ley preparado por el Indecopi señala que la nueva comisión se constituirá en primera instancia administrativa, facultada para eliminar barreras y trabas burocráticas, como consecuencia de denuncia expresa de los afectados o a través de procedimientos de oficio y de carácter general.

Contenido
La iniciativa legal que a la fecha es evaluada por el Ejecutivo, establece:

- La eliminación de barreras burocráticas será de competencia exclusiva de la nueva comisión. Ninguna otra entidad nacional, regional o municipal podrá irrogarse tales atribuciones.

- En caso de denuncias de parte, la eliminación e inaplicación de las barreras burocráticas no solo favorecerá al denunciante; la comisión notificará a la entidad pública a la que pertenece la infractora para que disponga su inaplicación con carácter general, mediante su modificación o derogación.

- La comisión podrá interponer multa de hasta 20 UIT (S/. 70,000) al funcionario que, desacatando lo dispuesto por ella, mantenga la barrera ilegal o irracional, sin perjuicio de la amonestación, destitución e inclusive denuncia penal.

- Cuando las barreras burocráticas afectan los principios de simplificación (legalidad, debido proceso, imparcialidad, veracidad, celeridad, simplicidad, etc.), la comisión oficiará al órgano de control interno de la entidad, a efectos de las investigaciones y sanciones correspondientes.

- Fijan plazos perentorios para que la comisión resuelva las denuncias, los cuales no podrán exceder los 120 días hábiles.

Categoria: Administración Pública, General

1 Comentario

Comentario de geraldin

Realizado el Miércoles, 25 de Junio del 2008 a las 13:14

wuao que maravilla los felicito muy buena investigacion

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